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Rumbo al centenario de la constitución de 1917

Se aprueban los artículos sobre la forma de gobierno
26 de diciembre de 1916
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Se aprueban los artículos sobre la forma de gobierno

En la Vigesimotercera Sesión Ordinaria del Constituyente se leyeron los dictámenes de los artículos: 39, referente a la soberanía nacional y su forma de gobierno; 40, sobre la forma de gobierno adoptada por el pueblo mexicano: una República representativa, democrática, federal; 41, sobre el ejercicio de la soberanía a través de los poderes de la Unión, y 42, sobre los estados, territorios e islas que conformaban el territorio nacional. El artículo 5o. fue el que más controversia causó. Para el diputado Fernando Lizardi era innecesario tocar la libertad del trabajo por estar ya garantizada en el artículo 4o. Consideró que, al haber excepciones en la obligatoriedad de prestar trabajos forzosos, daba pie a abusos por parte del Poder Judicial. Debido a la cantidad de oradores inscritos en la lista se suspendió la discusión para continuarla el día 27 de diciembre.

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